Mercado de alquileres se contrajo 90% en el primer semestre
   Conjunto residencial / Dexcy Guédez
        
Las leyes que rigen el sector han provocado una depreciación de 72% de las propiedades
El ordenamiento legal aprobado en 2011 ha llevado a una 
contracción del mercado de alquileres de viviendas de 90% en el primer 
semestre de 2013, de acuerdo con varias fuentes vinculadas al sector.
La
 Ley Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas y la 
Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas,
 sancionadas en mayo y noviembre de 2011, respectivamente, han hecho que
 ese mercado sea prácticamente inexistente, coincidieron Roberto Orta, 
presidente de la Asociación de Propietarios de Inmuebles Urbanos, y Juan
 Celis, director del Grupo Convalor, quienes afirmaron que se contrajo 
90% en los primeros 6 meses, 20 puntos más que en 2012.
Teresa 
Borges, abogado inmobiliaria, aseguró que el ordenamiento jurídico ha 
perjudicado a inquilinos y propietarios y acabó con el mercado de 
arrendamiento. Se agotaron las opciones para alquiler y al inquilino se 
le cerraron las posibilidades de negociar la adquisición del inmueble. 
“Se están alquilando sólo habitaciones en viviendas multifamiliares”, 
dijo. 
Otra fuente, relacionada con el sector y que prefirió el 
anonimato, indicó que estos desequilibrios han incentivado el mercado 
negro de alquileres. “El mercado siempre se ajusta”, indicó, y añadió 
que el problema de la vivienda va más allá del arrendamiento.
“El 
venezolano perdió la posibilidad de adquirir un inmueble a través del 
arrendamiento”, aseveró Aquiles Martini, presidente de la Cámara 
Inmobiliaria de Venezuela, al recordar que la Superintendencia  Nacional
 de Viviendas aplica una fórmula para calcular el valor de la vivienda y
 del alquiler que no considera todos los factores del mercado.
El 
método fijado en la ley de arrendamiento para el cálculo del canon ha 
hecho que las propiedades en alquiler pierdan hasta 72% de su valor, 
dijo Orta. El alquiler es 3% del valor del inmueble, lo que no alcanza 
para cubrir los gastos para su mantenimiento. De acuerdo con el BCV, la 
inflación acumulada en la categoría alquiler de viviendas es de 6,5% en 
el primer semestre.
No hay opciones. La   Ley Contra el 
Desalojo y Desocupación Arbitraria de Viviendas y un oficio de la 
Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia de enero de 2011, que
 prohíbe los desalojos, paralizaron de momento los juicios 
inquilinarios. Una vez retomados y luego de haberse fallado a favor del 
propietario –que son pocos los casos–, la decisión no ha podido 
ejecutarse ante la escasez de viviendas.
La ley señala que el 
inquilino puede dejar el inmueble que alquila si tiene garantizado otro.
 El Gobierno es el que provee un refugio temporal o solución definitiva a
 la persona afectada por el desalojo y su grupo familiar, si llegara a 
manifestar no tener un lugar donde vivir.
La situación ha 
complicado el problema para quienes viven bajo la figura de 
arrendamiento, porque la oferta privada y pública es muy escasa, 
concuerdan algunos de los consultados.
En el caso del Gobierno, 
Aquiles Martini señaló que no hay suficientes apartamentos para comprar o
 alquilar. “La Misión Vivienda Venezuela ha registrado una 
desaceleración en la producción de unidades en más de 50% en el primer 
semestre”, período en el que se han entregado poco más de 50.000 y la 
meta de todo el año es de 380.000, añadió.
El ordenamiento 
jurídico, que también incluye la Ley Contra la Estafa Inmobiliaria, 
truncó los proyectos de inversión en el sector privado que sólo 
construye desarrollos que ya estaban en marcha al momento de entrar en 
vigencia las leyes en los últimos tres años.
La creación de la 
Superintendencia  Nacional de Arrendamiento de Vivienda hizo más 
engorroso los procedimientos, dijo Orta. Los casos que están en 
tribunales deben forzosamente ir a un proceso de conciliación ante la 
Sunavi, luego vuelven al juzgado y el Gobierno es el que se encarga de 
asignar una vivienda o refugio al inquilino que será desalojado.
“Ningún
 provecho han obtenido los propietarios tras agotar la vía 
administrativa y sus procedimientos legales. No han recuperado su 
inmueble, ni obtenido el canon de arrendamiento, señaló María Elena 
Navarro, presidente de la Red de Propietarios.
Desequilibrio
Katy
 Maioli, propietaria de una quinta en Alto Prado, optó por vivir como 
damnificada en el comedor del que ha sido su vivienda desde hace 47 
años, con el fin de recuperarlo. Para pagar los gastos y deudas que 
generó la enfermedad de su padre, decidió alquilarlo hace 11 años y 
desde hace 8, fecha de vencimiento del contrato, se enfrenta legalmente 
con los inquilinos para recobrarla. 
Desde hace cuatro meses 
habita en uno de los salones de la planta baja de su vivienda junto con 
sus dos sobrinas. Sólo ha salido seis veces, para acudir a los 
tribunales y a la  Sunavi, por temor a que no pueda volver a entrar. 
Vivió alquilada en El Junquito por varios años esperando recuperar su 
casa, pero no ha podido. 
Los inquilinos no le pagan el 
arrendamiento desde hace dos años y ella vive de la caridad de los 
vecinos que le dan desayuno, almuerzo y cena. 
El tribunal dictó 
sentencia a su favor e inadmisible la acción de amparo que solicitó el 
inquilino, pero aun así no ha podido retomar la vivienda por falta de 
refugio donde alojar a las personas que están alquiladas. 
“Paradójicamente,
 el inquilino pidió al Estado que lo proteja ante un desalojo. La ley no
 ampara a ambas partes por igual, no hay equilibrio”, expresó Maioli.
 
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