miércoles, 22 de enero de 2014

Venezuela: Banavih no interviene en el proceso de adjuidicación de viviendas



Foto referencial
 El Banco Nacional de Vivienda y Hábitat, Banavih, ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat, aclara a los usuarios y público en general que esta institución no adjudica viviendas ni interviene en el proceso de adjudicación de las viviendas en el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela, ya que es un ente de naturaleza financiera, encargado de la administración de los recursos financieros establecidos en la Ley de Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat.

Es de resaltar que el Órgano Superior de la Vivienda, ente rector de la Gran Misión Vivienda Venezuela, tiene sus propios mecanismos para la adjudicación de las viviendas construidas por los ejecutores de la misión, tales como: INAVI, Fundación Misión Hábitat, Ministerio del Poder Popular para las Comunas, Gobernaciones, Alcaldías, PDVSA, entre otros.

Entre las principales competencia del Banavih se encuentra: La administración de los recursos provenientes de los distintos fondos de ahorro para la vivienda, a fin de financiar el desarrollo de los planes, programas, proyectos, obras y acciones requeridas en materia de vivienda y hábitat.

Asimismo, Banavih es el encargado de la protocolización y cobranzas de las viviendas construidas en el marco de la Gran Misión Vivienda Venezuela y las edificadas con recursos desembolsados por los entes u órganos del Estado. De igual manera, una vez cumplido el proceso de adjudicación o venta de las mismas, el Banavih se encarga de su documentación a los fines de entregar los títulos de propiedad y financiamiento a los beneficiarios.

Recaudador de los aportes del FAOV

Cabe destacar que el Banavih es un órgano recaudador de los aportes al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV), fondo constituido por el aporte del 3% del salario integral mensual del trabajador, del cual el patrono debe cancelar el 2% y el trabajador el 1%. Estos ahorros son para destinarse al financiamiento para la adquisición, autoconstrucción remodelación y ampliación de vivienda principal.
Fuente: noticiaaldia.com

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