La reforma plantea que antes de firmar la promesa de compraventa se podrán recibir reservas que no superen el 2% del valor de la vivienda.
Los constructores ecuatorianos ya no estarán obligados a ser dueños de los terrenos en que van a levantar las obras, ni a contar con la licencia de construcción como requisito previo a la promoción y venta de los proyectos. Estas son algunas de las reformas –que rigen desde el viernes pasado– al reglamento de funcionamiento de las inmobiliarias.
Entre otras cosas, la normativa prohibía a las constructoras recibir anticipos sin que se haya alcanzado el punto de equilibrio (suficientes recursos para financiar el proyecto) y les exigía una serie de requisitos antes de promover los proyectos.
Sin embargo, luego de casi un mes de la reunión que mantuvieron representantes de la Cámara de la Industria de la Construcción (Camicon) y de la Superintendencia de Compañías para discutir estos temas, el ente de control decidió reformar el reglamento (del 18 de diciembre del 2013) “con el fin de lograr un adecuado equilibrio entre el desarrollo eficiente de dicha actividad y la protección de los intereses de las partes y de terceros vinculados a ella”.
En la reforma se mantiene la obligación para las inmobiliarias de suscribir las escrituras de promesa de compraventa con el comprador, pero ya no consta la condición de que esa firma se realice siempre que el constructor “cuente con las autorizaciones de los organismos competentes en materia de construcciones”.
Hermel Flores, presidente de la Camicon, explica que en el reglamento anterior se exigía al constructor que contara con planos aprobados y licencia de construcción como requisitos previos al inicio de la promoción y venta de los proyectos.
Pero estos trámites podían demorar hasta un año en los municipios por la diversidad de condiciones que estos exigen para dar sus autorizaciones.
Otra reforma consiste en que no se obligará a las inmobiliarias a ser propietarias del terreno en que se construirá la obra o ser titulares de los derechos del fideicomiso que sea dueño del terreno. Se les permitirá contar con la promesa de compraventa elevada a escritura pública por parte del dueño del terreno.
Flores dice que este cambio da seguridad para promocionar los proyectos, sobre todo los que desarrollan las pequeñas y medianas constructoras que no tienen capital y que generalmente adquieren el compromiso de un tercero para comprar el terreno una vez que tengan los recursos. También viabiliza los casos en que el dueño quiere asociarse al proyecto mediante la propiedad del terreno.
La reforma plantea además que antes de firmar la promesa de compraventa se podrán recibir reservas que no superen el 2% del valor de la vivienda y este dinero se imputará al precio final del inmueble.
Fuente: americaeconomia.com
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viernes, 7 de marzo de 2014
Ecuador: Establecen cambios en normas para construcción de viviendas en Ecuador
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