lunes, 24 de marzo de 2014

Venezuela: Participantes del Sicad II tendrán que indicar destino de las divisas

Sólo se podrá hacer una solicitud de demanda por jornada


EL UNIVERSAL
domingo 23 de marzo de 2014  12:00 AM
El Banco Central de Venezuela publicó una circular en la que explica el procedimiento que deben seguir los operadores y participantes en el Sicad II, que comenzará a operar a partir de mañana según prometió el Vicepresidente del Área Económica, Rafael Ramírez.

En el escrito el BCV señala que sólo las personas naturales mayores de edad residenciadas en el país, así como las personas jurídicas domiciliadas en el territorio nacional, del sector privado, podrán realizar operaciones de compra en bolívares de divisas en el Sicad II.

Los participantes deberán realizar "una declaración jurada sobre origen y destino de los fondos", con la intención de satisfacer las exigencias de políticas de prevención de los delitos de legitimación de capitales o los relacionados con la delincuencia organizada o el financiamiento al terrorismo.

Indica también que "las Instituciones Operadoras deberán requerir a sus clientes toda la información que se estime necesaria para determinar la naturaleza de las operaciones, la causa que les da origen y el destino de los fondos, información ésta que aquéllos deberán suministrar mediante declaración jurada, en los términos que se indiquen en las instrucciones impartidas por los organismos supervisores en sus respectivos ámbitos de competencia. Asimismo, deberán indicar a través de las facilidades que brinda la solución tecnológica del Sistema Cambiario Alternativo de Divisas (SICAD II) el destino de las divisas que sean requeridas".

La norma prohibe expresamente a las Instituciones Operadoras participar únicamente por el lado de la demanda, presentar cotizaciones de compra por cuenta propia o de otras Instituciones Operadoras.

No se podrá hacer más de una cotización de demanda por cada jornada.

Los usuarios interesados en adquirir divisas, deberán presentar ante las Instituciones Operadoras las respectivas cotizaciones de compra, haciendo referencia en éstas al monto en dólares objeto de la operación y al tipo de cambio para la misma. De acuerdo con las condiciones de oferta existentes en el mercado, podrá recibir efectivo y/o títulos valores, equivalentes éstos últimos al monto solicitado.

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