Viviendas en urbanismos intervenidos sólo podrán ser vendidas al Estado
La restricción aplicará por cinco años desde el momento de la protocolización del documento definitivo de venta.
En primera fase, ventas deberán ser entre el propietario e Inmobiliaria Nacional (Archivo)
Fuente: EL UNIVERSAL
miércoles 12 de junio de 2013
Caracas.- Las viviendas de los urbanismos intervenidos o expropiados sólo podrán ser vendidas a la Inmobiliaria Nacional S.A. durante los primeros cinco años desde la fecha de la protocolización del documento definitivo de venta.
Así consta en la resolución que publicó el Ministerio de Vivienda y Hábitat en la Gaceta Oficial número 40.186, donde se indica que la venta deberá realizarse entre el propietario y la empresa estatal Inmobiliaria Nacional y que el precio del inmueble será establecido "con base en el precio por el cual fue adquirido, más el ajuste del valor monetario al momento de la venta". Para ello, se utilizará el procedimiento de cálculo establecido en la Ley de Determinación el Justiprecio de Bienes Inmuebles en los casos de expropiaciones de emergencia con fines de poblamiento y habitabilidad.
Tras el lapso de cinco años el propietario podrá disponer de su inmueble con libertad, indica la resolución.
Así consta en la resolución que publicó el Ministerio de Vivienda y Hábitat en la Gaceta Oficial número 40.186, donde se indica que la venta deberá realizarse entre el propietario y la empresa estatal Inmobiliaria Nacional y que el precio del inmueble será establecido "con base en el precio por el cual fue adquirido, más el ajuste del valor monetario al momento de la venta". Para ello, se utilizará el procedimiento de cálculo establecido en la Ley de Determinación el Justiprecio de Bienes Inmuebles en los casos de expropiaciones de emergencia con fines de poblamiento y habitabilidad.
Tras el lapso de cinco años el propietario podrá disponer de su inmueble con libertad, indica la resolución.
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