lunes, 4 de marzo de 2013

VENEZUELA: Ley de Arrendamiento

Ley para la Regulación y Control de Arrendamiento de Viviendas no busca a arrebatar la propiedad
El basamento legal fue elaborado por el poder popular para crear equilibrio entre arrendatarios y arrendadores

El déficit de vivienda representa uno de los principales problemas de Venezuela. Aragua no escapa de esa realidad por ser un estado que por diversos factores la demanda se disparó en los últimos años. Para controlar las irregularidades que cercaron el mercado inmobiliario, surge entre otras legislaciones la Ley para la Regulación y Control de Arrendamientos de Vivienda, la cual fue creada por iniciativa y apoyo del poder popular organizado.

Mucho se ha especulado sobre esta ley y hasta se ha calificado por parte de algunos sectores como desequilibrada. Sin embargo, Youssit Hassan, quien participó como co-redactor en el basamento legal, reflexionó sobre importantes aspectos que enmarcan esta legislación, durante un desayuno que realizó El Periodiquito para despejar dudas e informar a la colectividad sobre su alcance.

En este sentido, Hassan aclaró que nadie se va apropiar de una vivienda de manera irregular en virtud de que de forma “equilibrada” se establecieron mecanismos que benefician a las dos partes, llámese arrendatario y arrendador. -No está previsto que no paguen, pues es una causa de desalojo. Todos tienen que estar al día para ser beneficiado por la ley-, acotó. Partiendo de allí, explicó que toda relación comienza con un contrato cuyo tiempo mínimo es de un año y debe estar avalado por la Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Viviendas (Sunavi), organismo en el que también deberán inscribirse tanto el dueño del inmueble como el inquilino.

Todos los contratos deben ser validados por el Sunavi para precisar costo de arrendamiento, entre otros aspectos, porque de lo contrario no se podrá notariar. El mismo organismo hará uso de la tabla de precios aprobada para los cánones de arrendamiento, la cual -según Hassan- fue uno de los consensos que se logró entre las partes.

El tema del desalojo significa una de las principales preocupaciones y tema de debate de la opinión pública. Hassan explicó que inicialmente se abre un acto conciliatorio, en el que se buscará un acuerdo entre las partes y si no se alcanza, el propietario puede acudir a la vía judicial y en este ámbito el juez nuevamente buscará un acto conciliatorio para determinar la posibilidad de decretar o no el desalojo. “Si se autoriza el desalojo el Estado deberá ofrecer una solución a través de un refugio temporal o el otorgamiento de una vivienda digna”, explicó al reiterar que no existen intenciones de arrebatar una propiedad, pues así está explícito en la ley.

Si las irregularidades están de parte del dueño del inmueble, se aplica una campaña de concienciación “para que entren en cintura” o de lo contrario podrán ser sancionados. En este sentido, Hassan comentó que en los 17 artículos se establecen las sanciones, unas son de tipo económica y otras de tipo penal y civil. El desalojo arbitrario contempla un castigo severo que incluye el pago de mil UT o la cárcel.

En cuanto a los costos, comentó que la ley estableció mecanismos para atender la plusvalía que se venía presentando. A través de variables se tomó en cuenta factores como valor de la reposición en base a los años de construcción, dimensiones, valor de la depreciación, vulnerabilidad sísmica y la región geográfica. En este sentido, desmintió que los alquileres no tendrán variación en costos por su ubicación y atribuyó a un problema de índole cultural el que algunos dueños de inmueble intenten aumentar los costos solo por la ubicación y dejando a un lado las condiciones de la propiedad.


CONSECUENCIAS DE UN DESALOJO


Hassan comentó que la ley se redactó tras conocerse datos estadísticos alarmantes en el que por cada 100 desalojos el 75% dejaba desmembrada una familia y el 50% de las parejas terminaban divorciadas. De 12 a 15% de los casos reportaban enfermedades nerviosas y hasta muertes.

Aunque muchos ponen como excusa la tenencia de niños para evitar un desalojo, aclaró que los menores de edad no son escudo ni motivo para no pagar canon de arrendamiento o cumplir con la ley. -No se puede utilizar niños para impedir un desalojo-, dijo.


INCENTIVO PARA LOS PROPIETARIOS

La ley tiene un incentivo para evitar que desaparezca la oferta del arrendamiento. Hassan invitó a los inversionistas a que apuesten a proyectos que generen oportunidades de alquiler y que a futuro puedan convertirse en la propiedad de una familia. Como alternativa, dijo que existen propuestas que a través de convenios se manejan posibles proyectos. “Invito a los empresarios venezolanos a que inviertan porque es un negocio en su real proporción sin llegar a la especulación. Existe posibilidad porque el inquilino no lo tiene que ser toda la vida, alquila por un tiempo y luego se puede ofertar”, refirió.



Aspectos resaltantes de la Ley

  1. Se crea una nueva relación entre inquilino y propietario. Se deja de ver el inquilino como cliente y ahora como persona
  2. Busca establecer elementos de defensa del inquilino nunca antes visto
  3. Generar incentivos para quienes desean arrendar
  4. Presenta reglas claras para ambas partes
  5. Expone un sistema de control social con las sanciones, para evitar desvanes
  6. Crea un nuevo procedimiento administrativo-judicial en el caso de desalojo
  7. Elimina la prórroga legal, lapso que anteriormente se utilizaba para desalojar el inmueble




Rol del Poder Popular


Artículo 147:
La Sunavi deberá crear mecanismos necesarios para la participación popular, para que vigilen la planificación, ejecución y control de la política nacional en materia de arrendamientos.

Artículo 148:
Las organizaciones sociales registradas en la Sunavi podrán ejercer funciones de conciliación entre arrendadores y arrendatarios, siempre y cuando alguna de las partes involucradas solicite la intervención de estas organizaciones.
 
Fuente: El Periodiquito

1 comentario:

  1. El desconocimiento de esta ley tanto para los propietarios como los posibles arrendatarios y los asesores inmobiliarios ha producido una baja en el negocio de este tipo de alquileres y que disminuya la cartera de clientes interesados

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